Daniela Vargas Mendoza
Es estudiante de la licenciatura en Derecho por el Tecnológico de Monterrey Campus Chihuahua. Actual presidenta de la Sociedad Legal Intencional de Honores “Phi Delta Phi, Capítulo Mazpúlez Pérez”. Es campeona estatal en el Concurso de Oratoria “Dr. Belisario Domínguez” por el Instituto Estatal Electoral 2022 y representante en su etapa nacional en el Estado de Chiapas del mismo año. En 2019 fue galardonada con el Premio Estatal de la Juventud, Categoría “A” compromiso social. Así también, es acreedora al premio “Agustín Melgar” 2017, en la Categoría “A” méritos cívicos. Fue presidenta de la organización civil “Rotaract Chihuahua Emprende” 2018-2020.
Resumen
El 2 de junio de 2024, México celebrará elecciones presidenciales y legislativas, marcando el evento como las elecciones más grandes en la historia del país. Se elegirán 20,263 cargos públicos, incluyendo presidente, senadores, diputados, gobernadores y congresos locales. El presente trabajo analiza cómo el desconocimiento y la manipulación electoral pueden afectar la transparencia y la legitimidad de las elecciones. Se enfoca en las campañas anticipadas, donde los candidatos promueven sus agendas antes del inicio formal de las campañas electorales, afectando la equidad electoral. A pesar de resoluciones judiciales que buscan regular estas prácticas, la legislación aún presenta desafíos, y el desconocimiento de las impugnaciones puede llevar a percepciones erróneas sobre la legitimidad de la propaganda. Se subraya que la falta de información puede limitar la toma de decisiones informadas y libres de los electores, erosionando la esencia misma de la democracia. Se concluye que, para proteger la democracia, se debe fomentar la transparencia y una política centrada en el bienestar de la sociedad.
Palabras Clave: Desconocimiento, democracia, campañas anticipadas, regulación, voto.
Rumbo a las elecciones de 2024, desconocimiento y manipulación electoral
El dos de junio de 2024, mexicanas y mexicanos elegirán a través del sufragio a quien representará la presidencia del país; además se elegirán 128 senadores, 500 diputados, 9 gubernaturas y 30 congresos locales. Un total de 20 mil 263 cargos públicos de elección popular. Lo que se convertirá en las elecciones más grandes de la historia de México. Esto se debe a que cada vez son más los cargos de elección popular, sin mencionar la creciente del padrón electoral, que al día de hoy supera los 98,166,691millones de mexicanas y mexicanos. (Instituto Nacional Electoral, 2023)¹
Los organismos político electorales de cada estado tendrán la obligación de organizar casillas, capacitar funcionarios, preparar boletas para cada uno de los electores, así como monitorear que se cumplan las reglas del proceso electoral. Mientras que ciudadanas y ciudadanos deberán hacer una retrospección de análisis sobre las y los candidatos que tendrán la responsabilidad social de representar sus ideologías y necesidades en el poder ejecutivo y legislativo. La primicia de la interrogante versará en quién será el candidato o candidata en el que el pueblo depositara su voluntad. El acceso a la información se convertirá en pieza clave de esta partida, pues a través de ella podrán cuestionar la transparencia de las candidaturas, los procesos democráticos internos de los partidos políticos, recursos de campaña, etc. Las y los electores tienen el derecho de tener a su alcance información fidedigna que les permita tomar una decisión informada con respecto a su futuro.
El objetivo de este texto es analizar y contrastar cómo el desconocimiento y la manipulación electoral, son impedimentos para transitar elecciones libres y democráticas, pues cuestiona la transparencia y funcionamiento de los procesos electorales, mientras que pone en duda la legitimidad del voto libre, secreto e informado. Hablar de desconocimiento es por sí un tema complejo, pues abarca diversas realidades, desiguales en condiciones de entendimiento sobre el impacto negativo que genera este tipo de contenidos en el ejercicio de sus derechos de libertad, expresión, información y decisión, al alimón en el ejercicio del voto.
Para efectos de estudio, tomaremos el desconocimiento como la falta de información acerca de una cosa, o de comprensión de su naturaleza, cualidades y relaciones. Misma que puede ser utilizada en perjuicio para manipular la opinión pública. Esta desinformación busca influir directamente en el resultado de las elecciones de manera ilegítima y antidemocrática. Su impacto es significativo y abarca diferentes aspectos.
Uno de ellos es la manipulación del proceso electoral. Para efectos de las próximas elecciones de 2024, un tema ha estado a la orden del día; las campañas anticipadas. Consistente en expresiones previo al inicio formal de las campañas electorales, que llevan a cabo los contendientes de los diferentes partidos políticos, para obtener un beneficio, exponiendo sus candidatos o descartando a sus contrincantes. Vulnerando el principio de equidad electoral, que está diseñado para garantizar igualdad de condiciones para todas las personas que contienden un cargo público.
La Sala Superior, se pronunció ante el tema y estableció que para evitar una simulación a fraude a la ley los mensajes deben analizarse en su contexto, valorar el protagonismo de quien los emite, el objetivo de estos y la relación que puedan tener con el proceso electoral. A través de dichas resoluciones se integró la Jurisprudencia 6/2019 de rubro “Uso indebido de pautas. Elementos para identificar la posible sobreexposición de dirigentes, simpatizantes, militantes o voceros de partidos políticos en radio y televisión.”
Sin embargo, con el plan B de la reforma Electoral, a la ley General de Comunicación Social, facilitaría la promoción de candidatas y candidatos antes del inicio de la campaña electoral, sin mencionar que se restringiría al Instituto Nacional Electoral su facultad para emitir sanciones contra funcionarios y partidos políticos por propaganda anticipada. Las ciudades amencían con espectaculares que mostraban de manera implícita o disimulada, a las posibles candidatas y candidatos por la presidencia de la república, mientras que las colonias populares se iban coloreando con los colores de los partidos políticos. Se tocaba las puertas de las amas de casa, ofreciendo un discurso de continuidad y prosperidad para obtener su consentimiento para rotular las fachadas de sus domicilios con mensajes alusivos al apoyo de determinada candidata o candidato.
Ante las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos políticos y ambas cámaras del Congreso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el segundo decreto del “Plan B” por violaciones al proceso legislativo del país. La legislación aún dista de la realidad, pues los actos de promoción siguen vigentes y generando impacto para sus espectadores, quienes en el desconocimiento de las impugnaciones e invalidez de dichos actos, creen en la legitimidad de la propaganda
Estos actos no sólo vulneran el principio de legalidad para los demás partidos en la contienda, sino también en la libertad de elección de las y los militantes.
La democracia, en su esencia, se basa en la participación activa de los ciudadanos a través del ejercicio de su derecho al voto. Sin embargo, en muchos casos, la libertad de elección de los electores puede verse comprometida por las prácticas y estrategias de los partidos políticos. A pesar de que estos partidos son fundamentales para la representación y el funcionamiento de la democracia, es crucial examinar cómo a veces transgreden la libertad de elección de los ciudadanos en su afán de obtener el poder político.
El desconocimiento de la legalidad de estas prácticas puede erosionar la capacidad de tomar decisiones informadas y libres, al hacer que las demás opciones parezcan binarias y limitadas.
Conclusiones
Aunque los partidos políticos son componentes esenciales de cualquier democracia, es importante reconocer que en algunos casos pueden transgredir la libertad de elección de los electores. La manipulación de la información, las campañas anticipadas, son ejemplos de cómo esta transgresión puede ocurrir. Para preservar la verdadera esencia de la democracia, es vital que los ciudadanos estén conscientes de estas prácticas y exijan una política más transparente, honesta y centrada en el bienestar de la sociedad en su conjunto.
¹ Instituto Nacional Electoral. (2023, Agosto 22). Estadísticas Lista Nominal y Padrón Electoral – Instituto Nacional Electoral. (Estadística)
2 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 27 de diciembre de 2022. (México).
3 Artículo 22.°, párrafo cuarto, de la Ley General de Comunicación Social.
4Artículo 4.°, fracción VIII Bis, párrafo segundo de la Ley General de Comunicación Social.
Bibliografía.
De Rosa Alabaster, E. (2023, August 10). Cuál es el papel de las emociones y la psicología en el voto. Infobae. (Artículo)
Instituto Nacional Electoral. (2023, August 22). Estadísticas Lista Nominal y Padrón Electoral – Instituto Nacional Electoral. (Estadística)
OHCHR. (1966, Diciembre 16). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/international-covenant-civil-and-political-rights
UNESCO, (2022) ¿Cómo contrarrestar la desinformación electoral?Guía práctica para organizaciones y cuerpos electorales. recuperado de: https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000380594
Esteinou Madrid, Javier, autor. Propaganda encubierta y legitimidad electoral : la manipulación de los comicios / Javier Esteinou Madrid.1.ª edición.Ciudad de México, México : Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2022.
